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SLEP Colchagua
Servicio Local de Educación Pública · Colchagua
Consejos Escolares

Participación · Comunidad educativa

El Consejo Escolar es la voz de toda la comunidad educativa

Es la instancia donde estudiantes, familias, docentes, asistentes de la educación y dirección se informan, opinan y proponen sobre la marcha de su escuela o liceo. Conoce qué es, cómo funciona y accede al portal de gestión de los consejos escolares del territorio de Colchagua.

4
Sesiones mínimas al año exigidas por la normativa
6
Estamentos de la comunidad educativa representados
100%
De los establecimientos con aportes del Estado deben tenerlo
2005
Año en que se reglamentó su funcionamiento

¿Qué es?

Un espacio de participación en cada escuela y liceo

El Consejo Escolar es el órgano de participación de la comunidad educativa. Existe por ley en todos los establecimientos educacionales del país que reciben aportes del Estado, y reúne en una misma mesa a la dirección, el sostenedor, las y los docentes, los asistentes de la educación, las y los estudiantes y sus familias.

Fue creado por la Ley N° 19.979 y su funcionamiento está regulado por el Decreto N° 24 de 2005 del Ministerio de Educación. La Ley de Inclusión fortaleció su rol y amplió su integración.

Debe constituirse dentro de los tres primeros meses del año escolar y sesionar, como mínimo, cuatro veces al año, dejando registro de sus sesiones y acuerdos en actas.

Informativo

Carácter

El consejo conoce los resultados de aprendizaje, los informes de fiscalización, el presupuesto y la gestión general del establecimiento.

Consultivo

Carácter

Es consultado sobre el Proyecto Educativo Institucional, el plan de mejoramiento, la programación anual y el reglamento interno.

Propositivo

Carácter

Puede proponer iniciativas, actividades y mejoras que beneficien la convivencia y los aprendizajes de la comunidad escolar.

Resolutivo

Carácter

Solo si el sostenedor le otorga expresamente esa facultad, el consejo puede adoptar decisiones vinculantes sobre las materias que defina.

Integrantes

¿Quiénes forman el Consejo Escolar?

Cada estamento de la comunidad educativa tiene un asiento en el consejo. El establecimiento puede sumar otros integrantes según su realidad.

Director/a del establecimiento

Preside el consejo, lo convoca y da cuenta de la gestión educativa ante la comunidad.

Representante del sostenedor

En la educación pública, designado por el Servicio Local de Educación Pública.

Docente

Un profesor o profesora elegido por sus pares para representar al cuerpo docente.

Asistente de la educación

Un representante elegido por sus pares, incorporado tras la Ley de Inclusión.

Representante estudiantil

Presidente/a del Centro de Estudiantes o quien designe la organización estudiantil.

Madres, padres y apoderados

Presidente/a del Centro de Padres y Apoderados del establecimiento.

Funciones

¿De qué se ocupa el consejo?

La normativa define materias sobre las que el consejo debe ser informado y otras en que debe ser consultado antes de decidir.

Debe ser informado sobre

  • Logros de aprendizaje de las y los estudiantes (Simce y otros indicadores).
  • Informes de las visitas de fiscalización de la Superintendencia de Educación.
  • Resultados de los concursos para cargos docentes y directivos.
  • Presupuesto anual e informe de ingresos y gastos del establecimiento.
  • Enfoque y metas de gestión del equipo directivo.

Debe ser consultado sobre

  • Proyecto Educativo Institucional (PEI) y sus modificaciones.
  • Plan de Mejoramiento Educativo (PME) y sus metas.
  • Programación anual y actividades extracurriculares.
  • Informe de gestión educativa anual antes de la cuenta pública.
  • Elaboración y modificación del Reglamento Interno.

Documentación y orientaciones

Recursos para el trabajo del consejo

Orientaciones prácticas para constituir y hacer funcionar el consejo, junto a los sitios oficiales de referencia.

Constitución del consejo

El consejo debe constituirse dentro de los tres primeros meses del año escolar. El director convoca, se levanta un acta de constitución y se informa a toda la comunidad educativa.

Sesiones y calendario

Debe sesionar al menos cuatro veces al año, en meses distintos. Es recomendable acordar el calendario anual en la primera sesión y difundirlo oportunamente.

Actas y acuerdos

Cada sesión queda registrada en un acta con los temas tratados, los acuerdos adoptados y sus responsables. Las actas dan trazabilidad al trabajo del consejo.

Sitios oficiales

Portal Consejos Escolares

La gestión de tu consejo escolar, en un solo lugar

Los equipos directivos y profesionales del SLEP Colchagua gestionan aquí la programación anual, las actas y el seguimiento de los consejos escolares de cada establecimiento del territorio.

Acceder al PortalAcceso con cuenta institucional

Programación anual

Calendario de sesiones planificado y visible para todo el equipo del establecimiento.

Actas digitales

Registro de cada sesión con asistentes, temas, acuerdos y evidencias adjuntas.

Métricas y seguimiento

Estado de avance de sesiones y acuerdos por establecimiento y a nivel territorial.

Gestión territorial

Vista consolidada de los consejos escolares de los establecimientos del SLEP Colchagua.